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viernes, 25 de febrero de 2011

LEY DE MOROSIDAD 15/2010

En breve, estarán disponibles para nuestros clientes los expedientes adaptados a la LEY DE MOROSIDAD 15/2010, de 15 de julio, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.


Sólo recordar que, desde el punto de vista de los pagos del sector público, se reduce el plazo de pago a un máximo de 30 días a partir de enero de 2013, con un plazo transitorio para su entrada en vigor. Por ejemplo, las facturas expedidas hasta el 31/12/2011 deberán pagarse en el plazo de 50 días.
Aunque la ley no prevé sanciones administrativas por incumplimiento sí establece que serán nulas las cláusulas contractuales que establezcan períodos de pago superiores y, por tanto, se podrá reclamar el pago en la fecha prevista por la ley aunque por contrato se haya pactado una fecha superior. También reconoce al acreedor el derecho a pedir intereses de demora y daños en caso de atraso en el pago. Se comenta también que la futura Ley de Economía Sostenible podría completar el régimen de control y sanciones que falta en la ley actual.


Se trata, por tanto, de una Ley a tener muy en cuenta ya que establece cambios importantes en lo que respecta a pagos y deudas pendientes.


Foto: Curioso monumento a la peseta, en Estepona. La foto es de Panarria en wikimedia commons.

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